Venezolano con condición de “hermafroditismo verdadero” pudo cambiar su nombre y sexo legalmente

Venezolano con condición de “hermafroditismo verdadero” pudo cambiar su nombre y sexo legalmente

provene22221

En el mes de marzo el año 2013, Jordy Enrique Moncada, Gerardo Bello Aurrecoechea y Cristina Carbonell abogados miembros de la Fundación Pro Bono Venezuela (ProVene) junto a Carolina Morales Lobo, introdujeron ante los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, “Solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento de Daniel Alejandro Morales Lobo”, para modificar su nombre y su sexo, pues fue presentado bajo el nombre de Karla Lobo de sexo femenino.

Los abogados de ProVene conocen del caso de Daniel a mediados de enero del año 2013, momento en que relata su historia al equipo y cuenta como, con apariencias internas y externas que indicaban que era de género femenino, fue presentado ante el Registro Civil como “niña”, y llamándola Karla Alejandra.





Sin embargo a lo largo de su crecimiento Daniel se fue desarrollando como una persona de género masculino; pensando que tenía problemas sexuales y sin entender su situación, decidió realizarse distintos exámenes hasta lograr obtener la respuesta correcta y acertada: Daniel tiene la condición de ambigu?edad genital denominada Hermafroditismo Verdadero. Daniel vivió su infancia, adolescencia y parte de su juventud de manera perturbada, pues no entendía lo que sucedía con su cuerpo, y si bien tenía rasgos de una persona de género femenino, nunca se desarrolló como tal, si no por el contario su desarrollo estuvo más enfocado hacia el género masculino.

Buscando solución a su situación, en la que a simple vista parecía un hombre pero sus documentos le identificaban como mujer, contactó a ProVene para encontrar una alternativa legal que pudiera resolver su status de identidad.

En el mes de abril 2013 la solicitud de rectificación de partida para la corrección del nombre a Daniel Alejandro fue admitida ante el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el procedimiento cumplió su curso correspondiente. Dicho Tribunal solicitó opinión al Ministerio Público sobre el procedimiento de Rectificación y éste no se opuso a la misma, solicitando la realización de exámenes forenses a Daniel, los cuales se ejecutaron de manera exitosa, concluyendo una vez más en el diagnóstico de Hermafroditismo Verdadero.

Por último se solicitó la rendición de declaraciones por parte de Daniel y sus familiares, a los fines de que el Juez tuviese contacto directo y así entender tan particular situación. Una vez evacuadas cada una de las solicitudes realizadas, se dictó sentencia el 4 de junio de 2014, declarando con lugar la Solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento. El Tribunal declara con lugar las Solicitud por encontrar discrepancia entre la situación física de Daniel con el nombre que presenta su partida de nacimiento, en tanto indica: “Su apariencia actual es de varón, tanto en lo anatómico como al vestir y en lo conductual, su voz es gruesa y todos sus ademanes son masculinos”

La sentencia, a pesar de no ser el primer caso por cambio de nombre en Venezuela, es la primera en su tipo, debido a que no solo decidió sobre la rectificación de partida modificando el nombre, sino que además decidió rectificar y modificar a su vez el sexo de Daniel, indicando la Sala: “La rectificación del cambio de sexo no es un simple error material al momento de levantar la partida, sino que el solicitante presentó trastorno de género durante el curso de su vida, que produjo el verdadero cambio de estado personal”. Además agrega: “Los conflictos de género tocan la esfera de la identidad y la dignidad, a la vez escapan a la voluntad del sujeto, pues nadie busca un problema de esta naturaleza por su propio interés, y de allí que el Derecho, que está al servicio de la persona, deba necesariamente resolver el conflicto del sujeto en el ámbito formal”.

Y en aplicación del principio del libre desenvolvimiento de la personalidad, estipulado en el artículo 20 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Sala decidió: “La necesidad de supresión del nombre de “Karla Alejandra” por las razones y motivos que llevan a considerar la posibilidad real de enmendar una situación que a todas luces, causa perturbación en el futuro desarrollo psicológico y social del individuo atendiendo criterios lógicos sobre la dignidad de la persona humana y permitir deslastrarse de un pasado que atenta contra su propio desarrollo en el futuro”.

Nos encontramos frente a una victoria sin precedentes en el ámbito legal, así como para la vida de Daniel, victoria que le permitirá el desarrollo pleno de sus Derechos Civiles, y que evitará la vulneración de Derechos Humanos inherentes a su persona y sobretodo asegurará un futuro digno y sin alteraciones al libre desenvolvimiento de su personalidad.

Sobre Provene

La Fundación Pro Bono Venezuela, ProVene nace en el año 2009, luego de que un grupo de jóvenes abogados y estudiantes de derecho ocupados en la promoción y protección del acceso a la justicia en Venezuela, especialmente en los sectores populares, fundaran una institución que trabajara en brindar asesoría y formación jurídica gratuita a aquellas personas que no tienen recursos para pagar un abogado.

Con el fin de organizar la práctica pro bono, ProVene contactó con destacadas entidades internacionales con experiencia en el ámbito del pro bono, para conocer su metodología de trabajo e insertar esta buena práctica en nuestro país.

ProVene ofrece a sus beneficiarios asesoría jurídica gratuita por parte de abogados pertenecientes a las firmas de abogados más reconocidas del país y de estudiantes de las mejores facultades de Derecho.

A través de la asesoría jurídica gratuita y el fomento a la investigación y formación referente a la problemática judicial, ProVene ha logrado consolidarse como la más importante organización Pro Bono en Venezuela y una de las más reconocidas en Latinoamérica.